Estimados Clientes:
Como ustedes saben según el R.D 138/2011 solo las empresas habilitadas de nivel 2 podían instalar los equipos con R-32 y otros refrigerantes similares, al tener éstos una clasificación L2. Los instaladores con carné RITE y frigoristas nivel 1 quedaban excluidos de la posibilidad de instalar equipos con dichos refrigerantes.
El 08 de diciembre se aprobó el Real Decreto-ley 20/2018 que habilita (hasta que se publique el nuevo Reglamento de Seguridad de Plantas e Instalaciones Frigoríficas) según se indica en la
disposición transitoria segunda a las empresas instaladoras RITE a realizar, al igual que las empresas frigoristas nivel 1, la ejecución, mantenimiento, reparación, modificación y desmantelamiento de las instalaciones de sistemas de refrigeración no compactos (splits) y compactos, que contengan refrigerantes de clase A2L (R-32, R-454A, R-454B, .....).
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Circular A2L R.D. 20-2018 |