Estimados Clientes,
Les comunicamos que en el BOE del día 08 de marzo de 2011 se ha publicado el R.D 138/2011 por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad de Instalaciones Frigoríficas y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
A continuación le resumimos los puntos más relevantes de este R.D.:
- Constituye el objeto del presente reglamento el establecimiento de las condiciones que deben cumplir las instalaciones frigoríficas en orden a garantizar la seguridad de las personas y los bienes, así como la protección del medio ambiente.
- Este reglamento y sus instrucciones técnicas complementarias IF se aplicarán a las instalaciones frigoríficas de nueva construcción, así como a las ampliaciones, modificaciones y mantenimiento de éstas y de las ya existentes.
- Quedan excluidas del ámbito de aplicación de este reglamento:
a) Las instalaciones frigoríficas correspondientes a modos y medios de transporte terrestre, marítimo y aéreos, que se regirán por lo dispuesto en las normas de seguridad internacionales y nacionales aplicables a los mismos y en sus normas técnicas complementarias.
b) Los sistemas secundarios utilizados en las instalaciones de climatización para condiciones de bienestar térmico de las personas en los edificios, que se regirán por lo dispuesto en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.
c) Los sistemas de refrigeración compactos (sistemas de acondicionamiento de aire portátiles, frigoríficos y congeladores domésticos, etc.) con carga de refrigerante inferior a:
- 2,5 Kg. de refrigerante del grupo L1
- 0,5 Kg. de refrigerante del grupo L2
- 0,2 Kg. de refrigerante del grupo L3
Pueden descargar el R.D 138/2011 en nuestra sección "Legislación" o a través del siguiente enlace:
Para mayor información pueden contactar con nuestro Departamento Técnico al teléfono 950 22 61 62, Email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.